¿Está pensando en vender una propiedad en España? Aquí encontrará un resumen de la información clave:
Antes de vender una propiedad, se determina su titularidad para asegurarse de que el vendedor está legalmente autorizado.
Se requiere un certificado N.I.E. ("Número de Identificación para Extranjeros") válido para la venta.
El vendedor debe presentar el Certificado de Eficiencia Energética ("CEE") en la cita con el notario.
En el Registro de la Propiedad, el vendedor recibe un extracto actualizado del Registro de la Propiedad.
El "Catastro" proporciona al vendedor información catastral sobre la propiedad.
El vendedor es responsable de eliminar una hipoteca del registro de la propiedad. Si existe una hipoteca, el banco del vendedor prepara los documentos necesarios.
La "Cédula de habitabilidad" confirma la habitabilidad de un inmueble y debe renovarse cada 10 años.
El "Certificado de no infracción urbanística" y el "Certificado de situación urbanística" proporcionan información sobre las infracciones de construcción y el estado estructural del inmueble.
La licencia de obra, la inspección de obra y los planos de construcción deben presentarse al comprador, si se dispone de ellos.
En el caso de los inmuebles vacacionales, el vendedor debe entregar al comprador el formulario "DRIAT" y el cartel "ETV".
El vendedor debe demostrar por escrito que no tiene deudas con la comunidad y facilitar información sobre las próximas obras y gravámenes.
Deberá presentarse el justificante de pago de la ATIB del "IBI" y de la "tasa de basura" de los últimos 4 años.
El vendedor paga la plusvalía y, en su caso, el impuesto sobre las ganancias de capital.
El comprador necesita una cuenta bancaria española para todos los gastos en que incurra.
El vendedor debe facilitar al comprador las facturas más recientes de los gastos accesorios ("suministros").
Se recomienda que el vendedor se asesore por un abogado autorizado en España ("Abogado").
La notaría realiza el trámite notarial y, a menudo, también ofrece el posterior trámite ante las autoridades.
Una Gestoría puede ayudar con muchos asuntos oficiales y a veces también ofrecer asesoramiento fiscal.
Los vendedores no residentes deben pagar el impuesto sobre la renta de no residentes a la Agencia Tributaria española ("AEAT"). IMPORTANTE: El comprador lo hace utilizando el "Modelo 211", deduciendo el importe del impuesto correspondiente del precio de compra e ingresándolo directamente en la Agencia Tributaria.
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